miércoles, 3 de diciembre de 2014
Ejercicios Finiquitos (II).
3. Agustín Sánchez con contrato indefinido y con categoría de ayudante
no titulado, grupo 4, es despedido por su empresario con fecha
30/11/2010.
Al no estar conforme con el despido, presenta papeleta de
conciliación ante el SMAC, celebrándose el correspondiente trámite
con el resultado de avenencia. El empresario, que dentro de las 48
horas siguientes a la fecha del despido, reconociendo la
improcedencia del despido, había depositado en el Juzgado de lo
Social la indemnización de 45 días de salario por año de servicio, opta
por la no readmisión del trabajador.
El trabajdor tenía una antigüedad en la empresa desde 1/1/2001,
tiene reconocidas en su convenio las siguientes retribuciones:
• Salario base: 1.830 €
• Antigüedad: 178€
• Plus de convenio: 207
Durante el último mes realizó horas extraordinarias por fuerza mayor
por un importe de 190 €.
También tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias al año
(semestrales) en julio y navidad, a razón de 2.215 € cada una.
Ya ha disfrutado de los 30 días de vacaciones que le corresponden.
Tiene un tipo de retención del IRPF del 16%
Calcular el importe de la liquidación del trabajador y confeccionar el
recibo de salario del mes del cese.
4. Felipe De Burbón, con la categoría de jefe administrativo, grupo 3,
con un contrato en prácticas, de un año de duración, ve extinguida su
su relación laboral con fecha 30/6/2010, como consecuencia de la
finalización de la duración del contrato.
El trabajador tiene reconocidas las siguientes retribuciones:
• Salario base: 1.720 €
• Incentivos: 80 €
En el mes de junio realizó horas extraordinarias voluntarias por un
importe de120 €.
Tiene derecho a percibir 2 pagas extraordinarias(en julio y
diciembre), de 1.800 € cada una. Siende éstas de periodificación
anual.
El trabajador no ha disfrutado aún de vacaciones.
Tiene un tipo de retención del IRPF del 2%
Fuente: antonioguirao.es
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